15 de abril de 2024

Hon. José Luis Dalmau Presidente del

Senado de Puerto Rico San Juan, PR

Hon. Marially González Vicepresidenta del Senado

Hon. Javier Aponte Dalmau Portavoz del PPD en Senado

Re: P. de la C. 108

Estimado Representante:

Reciba un saludo afectuoso de nuestros socios, nuestra Junta de Directores y del mío propio. Nos corresponde comentar el referido Proyecto 108, cuyo título dispone así:

“Para establecer la “Ley para la certificación de planes de ordenación territorial, planes de uso de terrenos y documentos cuya preparación requiera por ley la gestión de un planificador profesional licenciado”.

En primer lugar, el efecto principal de esta legislación es la adición de una capa sustancial de burocracia y trámite redundante al proceso de tramitación de determinados instrumentos de planificación. Además de la extensa evaluación de planificadores, ingenieros y otros profesionales, en los municipios, la Junta de Planificación, o la OGPe, para una variación, consulta de ubicación y otros instrumentos de planificación, se pretende con este proyecto de ley, condicionar la autorización de estos instrumentos a que un planificador licenciado certifique el mismo.

Ello, a su vez, representaría añadir otro costo al proceso, sumado a los múltiples y onerosos procesos y costos que debe asumir un proyecto en el sistema de permisos actual. Esto ciertamente es contrario a la intención legislativa que el Senado de Puerto Rico ha promovido con la aprobación de diversos proyectos que intentan simplificar y reducir la burocracia, en diversos componentes del sistema vigente de permisos. Así las cosas, la aprobación y paso de este proyecto representaría una contradicción insalvable con proyectos previos aprobados por este Honorable Cuerpo en este complejo tema de permisos.

Además, la medida parte de premisas erróneas, cuando parte de un supuesto de que hay una alegada falta de planificación en la realización de obras. En Puerto Rico, hay una extensa gama de leyes, políticas públicas y reglamentos federales y locales, que guían la planificación y desarrollo de obras. A esto se unen un Plan de Uso de Terrenos, los planes de ordenación territorial, el Plan de Protección de la Zona del Carso, entre otros planes e instrumentos de planificación, aplicables a los que desarrollan obras por la vía formal.

Con este proyecto de ley, se continúa la tendencia de hacer cada vez más complejo y cuesta arriba, el proceso para obtener un permiso o autorización para obra, por la vía formal. Lo que estimula o propicia que cada vez más personas opten por la construcción informal, que no se adhiere a permisos, regulaciones ni instrumentos de planificación y para quienes, este proyecto no haría ninguna diferencia, puesto que seguirían construyendo por la vía informal, sin sujetarse al requisito que se pretende en esta legislación.

En virtud de lo antes expuesto, la Asociación de Constructores se opone al P. de la C. 108.

Nos reiteramos a su disposición para continuar colaborando con usted y su Comisión en temas relevantes al desarrollo socioeconómico de Puerto Rico.

Cordialmente,

ASOCIACION DE CONSTRUCTORES DE PR

Sr. Agustín Rojo
Presidente